Restringen la circulación de vehículos de carga pesada en el país

La circulación de los vehículos de carga, con peso bruto igual o superior a 3500 kilogramos, quedará restringida en las principales vías del país,  a partir de agosto. Así lo estableció la Gaceta Oficial número 42.425, de fecha 25 de julio. La medida busca “mejorar la circulación vehicular y garantizar la seguridad vial en el territorio nacional”.

La normativa emitida por los ministerios de Relaciones Interiores, Justicia y Paz y para el Transporte, comunicaron que la autorización de circulación se hará en dos bloques horarios, donde los operadores de carga pesada podrán circular de lunes a viernes, de 6:00 a 9:00 am y desde las 5:00 hasta las 7:00 pm, por las autopistas Regional del Centro (Tramo Miranda – Tazón Caracas), Gran Mariscal de Ayacucho, Carretera Panamericana, y la Caracas – La Guaira.

Los días domingos y no laborales (feriados), el transito del transporte de carga será desde la 1:00 am hasta la 1:00 am del siguiente día laboral. En estos días y horarios está permitida la circulación por todas las troncales y autopistas del país, exceptuando las vías urbanas.

En la Avenida Boyacá de Caracas, mejor conocida como Cota Mil, la prohibición de circulación de carga pesada será las 24 horas y los 365 días del año.

En el estado Lara, la medida aplica para las autopistas que conectan a Barquisimeto con el municipio Torres (Carora), al igual que con Valencia (Carabobo), Acarigua (Portuguesa) y San Carlos (Cojedes).

 

Vehículos de carga: vías nacionales restringidas (domingos y feriados)

-Calabozo — San Juan de Los Morros

-Valera — La Puerta — Negrilla – Timotes – Apartadero – Mérida (troncal 7)

-Barquisimeto – Acarigua — San Carlos – Valencia

-Valencia – Puerto Cabello – Morón – San Felipe, Chivacoa

-Puerto Cabello — Tucaca — Coro

-Carretera Panamericana

-Carora — El Venado – Santa Rita

-Ciudad Bolívar — Maripa — Caicara del Orinoco – Puerto Ayacucho, desde: Ciudad Bolívar — Puerto Ordaz – Upata- Guasipati – El Callao — Tumeremo – El Dorado- Santa Elena de Uairén

-Maturín — El Rosario — Mata Negra

-Mérida — El Vigía — Santa Bárbara.

-Maracaibo  – Machiques – La Fría – Los Puertos de Altagracia – Cabimas – Ciudad Ojeda

– Tramo Coche -Tejerías (de la carretera Panamericana)

– Bachaqueros – Mene Grande – Caja Seca

-Estado Nueva Esparta.

Excepciones

De acuerdo a lo establecido en la Gaceta Oficial, no aplica para vehículos que transportan alimentos perecederos y no perecederos, vehículos graneleros, asistencia vial, vehículos de emergencia, cuerpos de seguridad, materiales de telecomunicaciones, y materiales para la defensa de la nación.

 

En ese sentido, quedan exceptuados los vehículos de carga de agua potable o químicos necesarios para la potabilización (cilindros hasta 2000 libras o bombonas de 150 libras), gas de uso doméstico o combustible destinado al transporte, productos asociados a la actividad petrolera, agrícola o pecuaria y otros productos establecidos en la resolución.